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BBVA Mi jubilación - En los medios

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Fecha de publicación

  • La Seguridad Social planea que los autónomos coticen en función de sus ingresos

    06 de octubre de 2020

    Autor:  EL PAÍS

    El Ejecutivo trabaja en una modificación legal para que los trabajadores por cuenta propia paguen las cuotas sociales por tramos.

    REFORMAS DE PENSIONESTRABAJO AUTÓNOMOBASE DE COTIZACIÓNCOTIZACIÓNPAGO DE COTIZACIONESPACTO DE TOLEDO

  • ¿Cuántos años dedicarán al trabajo los europeos?

    11 de septiembre de 2020

    Autor:  STATISTA

    En 2019, la duración media prevista de la vida laboral de la población de 15 años o más residente en la Unión Europea era de 35,9 años. Esta era 3,6 años más larga que en el 2000. Así lo asegura Eurostat, en el pronóstico que ha realizado sobre el tiempo que una persona puede esperar estar activa en el mercado laboral europeo.

    DEMOGRAFÍACOTIZACIÓNSOSTENIBILIDAD DE LAS PENSIONESMERCADO LABORAL

  • El Pacto de Toledo estudia dejar fuera de las restricciones a la prejubilación a quien cotice 40 años

    10 de septiembre de 2020

    Autor:  EL ECONOMISTA

    El Pacto de Toledo, que este martes se reunirá con sindicatos y patronal, estudiará levantar las restricciones a las jubilaciones anticipadas en los casos en los que el pensionista tenga cotizados 40 años o más. En concreto, la comisión estudiará la reivindicación de la Asociación de Jubilados con más de 40 años cotizados (Asjubi40) de eliminar los coeficientes reductores que se aplican a las jubilaciones anticipadas en los casos en que concurren cotizaciones de 40 o más años.

    REFORMAS DE PENSIONESSOSTENIBILIDAD DE LAS PENSIONESCOTIZACIÓNJUBILACIÓN ANTICIPADAPACTO DE TOLEDOEDAD DE JUBILACIÓN

  • STS 315/2020, de 04.03.2020 (Rec. Nº 2008/2018), Sala de lo Contencioso-Administrativo.

    09 de septiembre de 2020

    Reconocimiento definitivo de la “Tarifa plana” para los autónomos societarios.

    Este supuesto recoge el último de los hitos procesales derivados de la conflictividad en torno al reconocimiento o no, o la prohibición o no, de la posibilidad de los autónomos societarios de acceder a las reducciones y bonificaciones previstas en el art. 31 de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo, es decir, a la conocida como “Tarifa Plana”. En otras palabras, se trata de dilucidar Si, la reducción de la cuota de cotización que establece dicho artículo del Estatuto del trabajo autónomo , solo es aplicable a los socios de las formas jurídicas que enumera el apartado 3 de ese artículo 31; o si puede aplicarse a otros colectivos no mencionados en ese apartado del precepto, en particular, al socio administrador que reúne las condiciones previstas en el  artículo 1.2 c) de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo.

    Y es que, en este sentido, la Tesorería General de la Seguridad Social se apoya en la literalidad del artículo 31.3 de la Ley 20/2007 y en la consideración de que la satisfacción de la finalidad que inspira las reducciones previstas por este precepto no se produce extendiendo sus beneficios a los socios de sociedades de capital. Dado que entre ellas se cuentan las de responsabilidad limitada, no procedería reconocérselos.

    Ante ello, lo que realiza el Tribunal Supremo (Sala de lo Contencioso-Administrativo) en este pronunciamiento es remitirse a lo ya señalado en las STS de 3 de diciembre de 2019 (Rec. Nº 5252/2017) y de 27 de febrero de 2020 (Rec. Nº 1697/2018), si bien se ve en la necesidad de reiterar dicho planteamiento, según sus palabras, “por razones de seguridad jurídica (art.  9.3 CE) e igualdad en la aplicación de la Ley (art. 14 CE). Por tanto, la doctrina consolidad del TS al respecto parte de los siguientes puntos:

    1) No resulta contradictoria con la intención del legislador reconocer los beneficios del artículo 31 a una persona joven sin actividad laboral previa, que inicia una actividad económica y, en lugar de hacerlo personalmente, opta por su personificación jurídica societaria por estrictas razones de utilidad económica.

     

    2) No es incompatible, sino todo lo contrario, con el objetivo de estimular la iniciativa empresarial, en especial de los jóvenes, y promover el autoempleo. Se debe reparar en que no se está favoreciendo a un socio capitalista desvinculado de la actividad de la empresa sino, en realidad, a quien realiza esa actividad por sí misma y que no ha sido reconocida como trabajadora autónoma.

    3) Por otra parte, la expresa mención de los socios de sociedades laborales y de los socios trabajadores de sociedades cooperativas de trabajo asociado entre los beneficiarios no tiene por qué conllevar la necesaria exclusión de todo trabajador autónomo que sea socio de alguna sociedad de capital al margen de las circunstancias específicas de esa condición. Y ello en especial cuando hay argumentos sistemáticos y teleológicos que permiten llegar a tal conclusión, la cual, precisamente, es la distinta a la alcanzada por la Tesorería General de la Seguridad Social en este particular caso.

    COTIZACIÓNPAGO DE COTIZACIONESTRABAJO AUTÓNOMORÉGIMEN ESPECIAL DE TRABAJADORES AUTÓNOMOS

  • El Supremo concede la tarifa plana a todos los autónomos sin distinción

    08 de septiembre de 2020

    Autor:  LA RAZÓN

    La Tesorería General de la Seguridad Social ha notificado a los departamentos regionales de Impugnación la orden para que se tramiten todas las solicitudes, sean de personas físicas o de societarios. Se abre la puerta a reclamaciones

    RÉGIMEN ESPECIAL DE TRABAJADORES AUTÓNOMOSCOTIZACIÓN

  • ¿Cómo afecta la suspensión o extinción del paro a la cotización de jubilación?

    23 de junio de 2020

    Autor:  LA INFORMACIÓN

    Los trabajadores en situación desempleo que cuentan con un mínimo de un año cotizado en los últimos seis años tienen derecho al paro. Se trata de una prestación contributiva, es decir, mantiene la cotización para la jubilación, lo que permitirá al trabajador obtener una pensión cuando se retire.

    CORONAVIRUSERTEEXPEDIENTES DE REGULACIÓN DE EMPLEOCOTIZACIÓN