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BBVA Mi jubilación - En los medios

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Fecha de publicación

  • Los más perjudicados por la reforma de las pensiones: mujeres y autónomos salen perdiendo

    12 de mayo de 2021

    Autor:  BUSINESS INSIDER

    La reforma del sistema de pensiones que está planificando el Gobierno ha dado mucho que hablar en los últimos meses, especialmente en lo que se refiere a medidas como la penalización a la jubilación anticipada o elevar las bases de cotización.

    BASE DE COTIZACIÓNPAGO DE COTIZACIONESPENSIONES

  • Paga extra de las pensiones de noviembre 2020: ¿Cuál es la fecha de cobro en cada banco?

    22 de noviembre de 2020

    Autor:  65YMAS

    En los próximos días los pensionistas españoles verán abonada en su cuenta la mensualidad correspondiente al mes de noviembre de 2020 unida a la paga extra de Navidad. Y es que el importe anual de la pensión de jubilación se divide en 14 pagas, una por cada mes del año y dos extraordinarias, que se cobran en los meses de junio y noviembre y cuyo importe es idéntico al de una mensualidad ordinaria.

    PAGO DE COTIZACIONES

  • La “cotización por ingresos reales” de los autónomos separa a las organizaciones de autónomos, ¿por qué?

    20 de octubre de 2020

    Autor:  LABORALPENSIONES.COM

    El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones está negociando con las asociaciones de autónomos la implantación de un sistema de cotización por ingresos reales que sustituya al actual. La propuesta ha recibido el respaldo de UPTA, mientras que ATA ha criticado que supondrá pagar una mayor cuota que la actual para más de 700.000 autónomos, señalando que no es el momento para una modificación de este calado. Los expertos consultados por Business Insider España advierten de un posible aumento de la economía sumergida, un extremo que descarta el presidente de UPTA, que asegura que permitirá que quienes no ingresan lo suficiente para pagar una cuota puedan regularizar su situacion.

    TRABAJO AUTÓNOMORÉGIMEN ESPECIAL DE TRABAJADORES AUTÓNOMOSPAGO DE COTIZACIONESBASE DE COTIZACIÓNCOTIZACIÓN

  • La Seguridad Social planea que los autónomos coticen en función de sus ingresos

    06 de octubre de 2020

    Autor:  EL PAÍS

    El Ejecutivo trabaja en una modificación legal para que los trabajadores por cuenta propia paguen las cuotas sociales por tramos.

    REFORMAS DE PENSIONESTRABAJO AUTÓNOMOBASE DE COTIZACIÓNCOTIZACIÓNPAGO DE COTIZACIONESPACTO DE TOLEDO

  • Boletín 17/2020. Normativa y criterios de aclaración.

    13 de septiembre de 2020

    Este instrumento interno de la TGSS profundiza, especialmente, en la prohibición de reparto de dividendos de las empresas acogidas a ERTEs por la situación de COVID-19 si antes no abonan las cuotas a la Seguridad Social de cuya exoneración de hubieran beneficiado.

    EXONERACIÓN CUOTASPAGO DE COTIZACIONES

  • STS 315/2020, de 04.03.2020 (Rec. Nº 2008/2018), Sala de lo Contencioso-Administrativo.

    09 de septiembre de 2020

    Reconocimiento definitivo de la “Tarifa plana” para los autónomos societarios.

    Este supuesto recoge el último de los hitos procesales derivados de la conflictividad en torno al reconocimiento o no, o la prohibición o no, de la posibilidad de los autónomos societarios de acceder a las reducciones y bonificaciones previstas en el art. 31 de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo, es decir, a la conocida como “Tarifa Plana”. En otras palabras, se trata de dilucidar Si, la reducción de la cuota de cotización que establece dicho artículo del Estatuto del trabajo autónomo , solo es aplicable a los socios de las formas jurídicas que enumera el apartado 3 de ese artículo 31; o si puede aplicarse a otros colectivos no mencionados en ese apartado del precepto, en particular, al socio administrador que reúne las condiciones previstas en el  artículo 1.2 c) de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo.

    Y es que, en este sentido, la Tesorería General de la Seguridad Social se apoya en la literalidad del artículo 31.3 de la Ley 20/2007 y en la consideración de que la satisfacción de la finalidad que inspira las reducciones previstas por este precepto no se produce extendiendo sus beneficios a los socios de sociedades de capital. Dado que entre ellas se cuentan las de responsabilidad limitada, no procedería reconocérselos.

    Ante ello, lo que realiza el Tribunal Supremo (Sala de lo Contencioso-Administrativo) en este pronunciamiento es remitirse a lo ya señalado en las STS de 3 de diciembre de 2019 (Rec. Nº 5252/2017) y de 27 de febrero de 2020 (Rec. Nº 1697/2018), si bien se ve en la necesidad de reiterar dicho planteamiento, según sus palabras, “por razones de seguridad jurídica (art.  9.3 CE) e igualdad en la aplicación de la Ley (art. 14 CE). Por tanto, la doctrina consolidad del TS al respecto parte de los siguientes puntos:

    1) No resulta contradictoria con la intención del legislador reconocer los beneficios del artículo 31 a una persona joven sin actividad laboral previa, que inicia una actividad económica y, en lugar de hacerlo personalmente, opta por su personificación jurídica societaria por estrictas razones de utilidad económica.

     

    2) No es incompatible, sino todo lo contrario, con el objetivo de estimular la iniciativa empresarial, en especial de los jóvenes, y promover el autoempleo. Se debe reparar en que no se está favoreciendo a un socio capitalista desvinculado de la actividad de la empresa sino, en realidad, a quien realiza esa actividad por sí misma y que no ha sido reconocida como trabajadora autónoma.

    3) Por otra parte, la expresa mención de los socios de sociedades laborales y de los socios trabajadores de sociedades cooperativas de trabajo asociado entre los beneficiarios no tiene por qué conllevar la necesaria exclusión de todo trabajador autónomo que sea socio de alguna sociedad de capital al margen de las circunstancias específicas de esa condición. Y ello en especial cuando hay argumentos sistemáticos y teleológicos que permiten llegar a tal conclusión, la cual, precisamente, es la distinta a la alcanzada por la Tesorería General de la Seguridad Social en este particular caso.

    COTIZACIÓNPAGO DE COTIZACIONESTRABAJO AUTÓNOMORÉGIMEN ESPECIAL DE TRABAJADORES AUTÓNOMOS