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Así quedan las pensiones mínimas durante 2019

Se aplica una revalorización a las pensiones del 1,6%, mientras que las pensiones mínimas se incrementan un 3%.

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Así quedan las pensiones mínimas durante 2019

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Actualización 2020

Como estaba previsto, en 2019 se aplicará una revalorización del 1,6% en las pensiones, mismo incremento que experimentaron en 2018 tras suspenderse la aplicación del Índice de Revalorización de las Pensiones, que hubiera supuesto un alza de solo el 0,25%. La intención del Gobierno es terminar definitivamente con el uso de esa fórmula y mantener el IPC como referencia, como ocurría con anterioridad a la entrada en vigor de la reforma de 2013.

El 1,6% aplicable en 2019 es el IPC promedio de los meses comprendidos entre diciembre de 2017 y noviembre de 2018, en lugar del IPC del mes de noviembre, como se barajó. Ésta podría ser la fórmula aplicable para años sucesivos.

En cuanto a las pensiones mínimas, éstas se ven incrementadas en 2019 un 3%, misma cuantía que en el año 2018. Así quedan las cuantías mínimas en función del tipo de pensión.

Pensiones mínimas en 2019 (cuantías mensuales)

Jubilación

Titular con 65 años o más: En modalidad con cónyuge a cargo, 835,80 euros. Sin cónyuge, 677,40 euros. Con cónyuge no a cargo 642,90 euros.

Titular menor de 65 años: En modalidad con cónyuge a cargo, 783,60 euros. Sin cónyuge, 633,70 euros. Con cónyuge no a cargo 599 euros.

Titular con 65 años procedente de gran invalidez: En modalidad con cónyuge a cargo, 1.253,61 euros. Sin cónyuge, 1.015,99 euros. Con cónyuge no a cargo 964,29 euros.

Incapacidad permanente

Gran invalidez: En modalidad con cónyuge a cargo, 1.253,70 euros. Sin cónyuge, 1.016,10 euros. Con cónyuge no a cargo 964,40 euros.

Absoluta: En modalidad con cónyuge a cargo, 835,80 euros. Sin cónyuge, 677,40. Con cónyuge no a cargo 642,90 euros.

Total, titular con 65 años: En modalidad con cónyuge a cargo, 835,80 euros. Sin cónyuge, 677,40. Con cónyuge no a cargo 642,90 euros.

Total, titular con edad entre 60 y 64 años: En modalidad con cónyuge a cargo, 783,60 euros. Sin cónyuge, 633,70. Con cónyuge no a cargo 599 euros.

Total, derivada de enfermedad común, menos de 60 años: En modalidad con cónyuge a cargo, 499,40 euros. Sin cónyuge, 499,40. Con cónyuge no a cargo 495 euros.

Parcial, régimen de accidentes de trabajo, titular con 65 años: En modalidad con cónyuge a cargo, 835,80 euros. Sin cónyuge, 677,40. Con cónyuge no a cargo 642,90 euros.

Viudedad

Titular con cargas familiares: 783,60 euros.

Titular con 65 años o con discapacidad en grado igual o superior al 65%: 677,40 euros.

Titular con edad entre 60 y 64 años: 633,70 euros.

Titular con menos de 60 años: 513,10 euros.

Orfandad

Por beneficiario: 207 euros.

Por beneficiario menor de 18 años y discapacidad en grado igual o superior al 65%: 407,30 euros.

Pensión en favor de familiares

Por beneficiario: 207 euros.

Si no existe viudo ni huérfano pensionistas:

Un solo beneficiario con 65 años: 500,20 euros.

Un solo beneficiario menos de 65 años: 471,5 euros.

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Comentarios

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Diana Pohorelska 11 de enero de 2019 | 08:19
Buenos días..mi pareja entro con su edad 65años y 6 meses en octubre 2018 jubilarse pero tenia una deuda en seg.social claramente que tenia conocimiento de esta deuda entonce pedi aplazamiento en mes agosto 2018 era primera vez pero notificacion llegó que esta denegado pues de mes octubre no cobra su pencion estaba sin ingresos mes diciembre tenia un contrato de trabajo tiempo parcial 22 dias y este mes enero 2019 de nuevo paso por seg social donde empleada el dicho que si que tiene aplazamiento que estaba firmado 15/10/2018 pagar 100€ mensual pero el no venia niguna notificacion tampoco no cobra su pensión pues no entiende nada ni si va cobrar o no y otra cosa si tiene derecho cobrar con meses atras de octubre 2018 gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 11 de enero de 2019 | 11:06

Estimada Diana,

esta cuestión deberá aclararla directamwnte en la Seguridad Social, pues desconocemos los detalles del aplazamiento y el estado en el que se encuentra actualmente.

Reciba un cordial saludo.

Rosa Maria Pascual 08 de enero de 2019 | 08:11
Sigue este ano 2019 la pension minima contrivutiva de 15 anos y 2 anos dentro de lo 15 gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 08 de enero de 2019 | 11:22

Estimada Rosa María,

efectivamente. Las condiciones de acceso a la pensión contributiva son las que describe. No ha habido cambios.

Reciba un cordial saludo.

Jorge 03 de enero de 2019 | 01:44
Hola yo percibo una pensión no contributiva por invalidez , sufro una discapacidad del 65% me podría decir en cuanto se incrementa mi pensión y cual seria la nueva cuantía mensual.? Muchas gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 03 de enero de 2019 | 10:27

Estimado Jorge,

las pensiones no contributivas se incrementarán un 3%. Desconocemos su cuantía, pues ésta depende de los ingresos personales y de la unidad familiar. 

Reciba un cordial saludo.

daniel aranda 30 de diciembre de 2018 | 16:21
En agosto de2019 cumplo 63 años,tengo 44 años cotizados.¿me puedo jubilar para entonces o tengo que esperar unos meses mas?es que no he entendido bien eso que dice el gobierno que hay que estar hasta los 63 y 8 meses mas.le rogaria me lo aclarase.muchas gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 30 de diciembre de 2018 | 20:42

Estimado Daniel,

la edad ordinaria de jubilación depende de cuántos años se haya cotizado. En su caso, por su larga carrera de cotización, le corresponde una edad ordinaria de jubilación de 65 años. Podría, de forma voluntaria, solicitar la jubilación desde los 63 años si se encuentra en situación de alta o asimilada al alta en la Seguridad Social.

Reciba un cordial saludo.

José Ramón 29 de diciembre de 2018 | 13:15
Buenos días: me voy a jubilar el 12/02/2019,en la web de TU SEGURIDAD SOCIAL, aparece el importe de la pensión a fecha 20/12/2018 es un cantidad y en relación a la pensión de jubilación 2019 la subida del 1,6% , será también aplicada a la cantidad que indica la web? es decir con la fecha 20/12/2018 es de x, cuando acepten la pensión se tendrá que aplicar el 1.6% mas al x? a la espera de su grata respuesta José Ramón Sala
Instituto BBVA de PENSIONES 29 de diciembre de 2018 | 14:21

Estimado José Ramón,

el incremento del 1,6% se aplicará solo a pensiones causadas antes de 1 de enero de 2019. En su caso no se aplicaría, al jubilarse en 2019. La primera revalorización que se le aplicará será la correspondiente a 2020.

Reciba un cordial saludo.

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