Los informes de vida laboral contienen información respecto de las situaciones de alta o baja de una persona en el conjunto de los distintos regímenes del sistema de la Seguridad Social. A través de ellos, se pueden comprobar las cotizaciones acumuladas de un trabajador en la Seguridad Social y los derechos que las mismas pueden generar, como prestación contributiva por desempleo, jubilación, etc.
El informe de vida laboral recoge de forma cronológica la relación de todas las empresas en las que el trabajador ha cotizado, así como los periodos de alta como trabajador autónomo en el régimen correspondiente (RETA), indicándose en cada caso la fecha exacta en que se produjo el alta en cada una de estas situaciones y la fecha en que se produjo la baja, especificándose el número de días de cotización resultantes. Además, se especificará la modalidad de trabajo que corresponda en cada caso: a tiempo parcial o a tiempo completo.
En la vida laboral la Seguridad Social indica el número de días que el trabajador ha permanecido en situación de alta. La suma de todas las situaciones determina el total de días cotizados a la Seguridad Social desde el inicio de su vida laboral hasta la fecha en que se emite el informe.
Las situaciones de pluriempleo o pluriactividad no duplican los días cotizados
Hay que tener en cuenta que en situaciones de pluriempleo o pluriactividad el número efectivo de días cotizados se reduce, puesto que aunque se trabaje en dos empresas o en dos actividades durante un día, no se cotizará doble, computándose solo un día de trabajo. Es decir, no puede cotizar dos días por cada día trabajado aunque sea en sitios diferentes.
Cómo se desglosa la información en la vida laboral
En un primer apartado, se procede a identificar al trabajador, a través de su nombre y apellidos, número identificativo de la Seguridad Social y documento de identidad correspondiente.
Posteriormente se detalla un desglose de la actividad laboral en orden cronológico, en el que se especifican los siguientes conceptos:
- Régimen: Régimen de cotización al que correspondan las cotizaciones (Régimen General, RETA…)
- La empresa y las situaciones asimiladas: Explica el concepto por el que ha cotizado a la Seguridad Social. En primer lugar, puede ser una empresa, identificada con un número que es el Código de Cuenta de Cotización. En caso de cotizaciones como autónomo, aparecerá la clave de la provincia en la que se ha causado el alta. Las situaciones asimiladas al alta pueden ser periodos en los que se cobra la prestación contributiva por desempleo, en las que se cotiza parcialmente, vacaciones retribuidas y no disfrutadas o cotizaciones a través del convenio especial con la Seguridad Social.
- Fecha de alta y fecha de efecto del alta: La fecha de alta es la fecha en que se empieza a cotizar. Suele coincidir con la fecha de efectos, aunque a veces puede variar. Las altas en la Seguridad Social deben ser previas o simultáneas al momento en que se producen. Si se presentan con posterioridad surten efectos (en orden a causar derechos en la Seguridad Social) en el momento de la presentación.
- Fecha de baja: fecha en la que se extingue la relación laboral o en la que finalizan las cotizaciones por cuenta propia, convenio especia, etc.
- C.T, Tipo de contrato: Especifica el tipo de contrato según las claves de la Seguridad Social (trabajo a tiempo completo es clave 100; trabajo a tiempo parcial es clave 200)
- C.T.P (%), Tipo de contrato a tiempo parcial: Especifica la parcialidad del contrato. Por ejemplo, si es un trabajo de 4 horas sobre una jornada estándar de 8 horas, el C.T.P será del 50%.
- G.C, Grupo de cotización: Son las categorías profesionales, que van desde el 01 (ingenieros y licenciados) al 11 (menores de 18 años).
