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La jubilación actual de los deportistas olímpicos

Te explicamos cómo los deportistas de alto nivel también pueden acceder a la pensión de jubilación

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La jubilación actual de los deportistas olímpicos

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El deporte de alto nivel es la práctica deportiva que es de interés para el Estado. Son deportistas de alto nivel aquellos que son incluidos en las resoluciones adoptadas al efecto por el Secretario de Estado-Presidente del Consejo Superior de Deportes, en colaboración con las Federaciones deportivas españolas, y, en su caso, con las Comunidades Autónomas.

En la consideración como deportista de alto nivel se tienen presente una serie de circunstancias, tales como, las clasificaciones obtenidas en competiciones o pruebas deportivas internacionales, o la situación del deportista en listas de clasificación deportiva, aprobadas por las Federaciones internacionales.

Los deportistas de alto nivel tienen derecho a ser incluidos en el sistema de Seguridad Social, a través de la suscripción de un convenio especial con la Seguridad Social.

¿Qué finalidad tiene el convenio especial con la Seguridad Social?

La suscripción del convenio especial con la Seguridad Social determina la iniciación o la continuación de la situación de alta o asimilada a la de alta en el sistema de Seguridad Social.

El convenio especial en el deportista de alto nivel

La suscripción del convenio especial por parte del deportista de alto nivel conlleva su inclusión en el campo de aplicación del Régimen Especial de la Seguridad Social de trabajadores por cuenta propia o autónomos, quedando afiliados al sistema y asimilados a la situación de alta.

La acción protectora del convenio especial de deportistas de alto nivel comprende: las prestaciones de incapacidad permanente, muerte y supervivencia, derivadas de contingencias comunes, jubilación, servicios sociales y asistencia sanitaria.

Particularidades del convenio especial del deportista de alto nivel

  • Los deportistas de alto nivel podrán suscribir el convenio especial aunque con anterioridad no hayan realizado actividad determinante de su inclusión en el campo de aplicación de la Seguridad Social, no exigiéndose, período previo de cotización.
  • La solicitud de suscripción del convenio especial deberá realizarse en el plazo de 90 días naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la relación de deportistas de alto nivel, retrotrayéndose los efectos de la solicitud al día 1 del mes en que se haya adquirido la condición de deportista de alto nivel.
  • En el momento de suscribir el convenio especial, el interesado podrá elegir la base de cotización entre las vigentes en el Régimen Especial de trabajadores por cuenta propia o autónomos.
  • La realización de cualquier actividad profesional por cuenta propia o ajena que suponga la inclusión del deportista de alto nivel en cualquier régimen de la Seguridad Social determinará, sin excepción alguna, la extinción del convenio.

Durante el año 2020 la base elegida se situa entre una base mínima de cotización de 944,40 euros mensuales y una base máxima de cotización de 4.070,10 euros mensuales, aunque hay reglas especiales para los que acceden con más de 47 años. Es decir, la elección de la base de cotización se hace depender de la edad del trabajador.

No obstante, como la práctica del deporte de alto nivel se realiza, normalmente, a una edad temprana, los deportistas olímpicos, con carácter general,  podrán elegir las bases entre los límites señalados.


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30 de diciembre de 2020

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