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Los perceptores de pensiones no contributivas, disponen hasta 31 de marzo para presentar la documentación para mantener su pensión
13 de marzo de 2024
Los pensionistas de la Seguridad Social española residentes en el extranjero deben acreditar su vivencia, presentando la correspondiente fe de vida antes de esa fecha. Los residentes en España no tienen que realizar este trámite. Asimismo, Los perceptores de pensiones no contributivas, deberán presentar el certificado de rentas también antes de 31 de marzo. -
Pensiones no contributivas de invalidez: quién puede acceder a las mismas y cuáles son sus importes en 2024
23 de enero de 2024
Tratamos sobre los requisitos, cuantías y novedades en 2024 de la pensión no contributiva de invalidez. -
Las pensiones no contributivas de jubilación en 2024: novedades, requisitos de acceso, importes
22 de enero de 2024
En 2024, la cuantía anual integra de las pensiones no contributivas de jubilación y de invalidez será de 7.250,60 euros (517,90 euros mensuales en 14 pagas). -
Importe del Ingreso Mínimo Vital en 2024
10 de enero de 2024
Las pensiones no contributivas y el Ingreso Mínimo Vital (IMV) se incrementan en 2024 un 6,9%. El complemento a la infancia para los perceptores del IMV se mantiene como en 2023. Tratamos sobre cómo se han actualizado para 2024 los importes de renta garantizada del IMV. -
Las pensiones contributivas se revalorizarán un 3,8% en 2024
14 de diciembre de 2023
El IPC de noviembre se ha situado en un 3,2%. Este dato determina una variación media interanual del IPC entre diciembre de 2022 y noviembre de 2023 del 3,8% que, de acuerdo a lo establecido por la Ley, es el porcentaje de revalorización que se aplicará a las pensiones contributivas para 2024, salvo a las pensiones mínimas que subirán aún más. -
La pensión asistencial por ancianidad para españoles de origen retornados
08 de noviembre de 2023
Esta pensión consiste una prestación de carácter asistencial, de naturaleza similar a la pensión no contributiva por jubilación de la Seguridad Social, reconocida a los españoles de origen residentes en países donde la precariedad del sistema de protección social justifique la existencia de la prestación por razón de necesidad los cuales, tras su retorno a España, no pueden acreditar los periodos de residencia previos en España exigidos para el reconocimiento de la pensión no contributiva de jubilación.