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Cálculo de la pensión: bases de cotización, base reguladora, ajuste por años de cotización

En este vídeo explicamos cómo se calcula la base reguladora y cómo afecta al cálculo las bases de cotización y los ajustes por el número de años cotizados. Todo ello contemplando el periodo transitorio implantado con la última reforma del sistema de pensiones.

Tiempo de lectura: 3 minutos

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El cálculo de la primera pensión de jubilación que cobraremos lo podemos dividir en diferentes pasos. El primer paso para calcular la pensión de jubilación es recopilar las bases de cotización a la Seguridad Social de los últimos años previos a la jubilación. En el año 2020 en el cálculo se consideran las bases de cotización de los 23 años previos a la jubilación.

Una vez que tenemos las bases de cotización procedemos a sumarlas y dividirlas entre 322, de forma que obtenemos lo que se conoce técnicamente como Base Reguladora. No debemos confundir la Base Reguladora con la pensión de jubilación. Para obtener la pensión de jubilación tenemos que hacer una serie de ajustes sobre la Base Reguladora.

A la Base Reguladora hay que aplicar un ajuste en función del número de años cotizados a lo largo de la vida laboral. 15 años cotizados dan derecho al 50% de la Base Reguladora y para acceder al 100% de la pensión en el año 2020 es necesario contar con 36 años. Además, la Base Reguladora de aquellos trabajadores que acceden a la jubilación antes de cumplir la edad legal de jubilación, sufrirá una reducción en función del tiempo que se anticipe la fecha de jubilación.

Por el contrario, si un trabajador cumpliendo los requisitos para jubilarse retrasa su jubilación más allá de la edad legal de jubilación, su Base Reguladora se verá incrementada en función del tiempo que retrase la fecha de jubilación.

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Comentarios

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Mikel 30 de octubre de 2018 | 11:53
Hola Al hacer el autocalculo en la ss veo que en las cotizaciones de los primeros años por ej en 2004 la base introducida unos 1500 al aplicar el índice de actualización 1'52 se convierte en base actualizada unos 2000 y esos !as o menos en las posteriores por lo que de calcular de bases netas a actualizadas la base reguladora puede convertirse de unos 1800 a 2200. Puede ser así? Por ultimo la base reguladora que se cobra son 14 pagas , o esto es base x 12:14 ? Muchas gracias y perdón por las molestias
Instituto BBVA de PENSIONES 30 de octubre de 2018 | 12:32

Estimado Mikel,

las bases de cotización se actualizan según el IPC, salvo las 24 más próximas al hecho causante, que se toman por su valor nominal. Es correcto lo que expone.

La base reguladora resultante se divide entre 14 para determinar la pensión mensual.

Reciba un cordial saludo.

Carlos 25 de septiembre de 2018 | 11:05
Hola, Buenos Días: Me jubilé anticipadamente en Marzo de este año. Hice la simulación de la Jubilación anteriormente a esa fecha y la cantidad que me salía de pensión coincidió con la Resolución de la Seguridad Social. De todas maneras había algo que no entendía. Los últimos 6 años el índice de actualización es 1. (Del 2012 al 2018). En la oficina de la seguridad social me explicaron que era el IPC mensual. Pero comprobé en el INE, y no pone estos años con IPC negativo o cero. Ahora he hecho una nueva simulación variando la fecha de jubilación a Diciembre 2018, y veo que el índice de actualización ha variado en todos los meses que se ha calculado, 15 años (Desde el año 2003). Lo que da lugar a una diferencia de 60 euros mensuales. Si ustedes me pueden aclarar. Gracias.
Instituto BBVA de PENSIONES 25 de septiembre de 2018 | 11:13

Estimado Carlos,

la actualización no se produce según el dato de IPC del mes de la base, sino por la evolución de la inflación entre el mes de la base correspondiente y el mes hasta el que se actualizan todas las bases (recuerde que las 24 últimas bases se toman por su valor nominal). Por tanto, entendemos que en ese periodo al que se refiere la actualización saldría negativa, y por tanto no se actualiza la base.

Si cambia la fecha de la simulación, cambia todo el periodo de actualización de bases.

Aclárelo no obstante en el INSS.

Reciba un cordial saludo.

jose m ruiz 24 de julio de 2018 | 07:19
66años.100% pensión a los 65 . más de 25 años en maxima base.quiero jubilarme al 25%. mejor opción flexible o parcial?Se aplicaran los complementos de demora a la parte de pensión 75%nopercibida.?"
Instituto BBVA de PENSIONES 24 de julio de 2018 | 17:04

Estimado Jose M,

las implicaciones de ambas modalidades son las mismas. Si desde su trabajo, quiere jubilarse parcialmente, accedería a la jubilación parcial. Si ya se ha jubilado y quiere trabajar a tiempo parcial, lo haría a través de la jubilación flexible.

En estas modalidades de jubilación no se aplica la bonificación por trabajar más allá de la edad ordinaria.

Reciba un cordial saludo.

Juan 02 de mayo de 2018 | 18:03
Causé baja por un ERE el 27/07/2017,tengo 58 años y me quedan 16 meses de pensión contributiva, tengo a fecha de hoy más de 43 años cotizados mi coeficiente reductor al jubilarme a los 61 años sería del 6% anual..Mi pregunta és la siguiente: Si son 24 años para calcular la B.R. cuando cumpla los 61 años, se añade el total de años cotizados para que la pensión sea más alta..??...En resumen que a más años cotizados mayor será la pensión..??...GRACIAS
Instituto BBVA de PENSIONES 02 de mayo de 2018 | 19:14

Estimado Juan,

usted ya acredita las cotizaciones suficientes para alcanzar el 100% de su base reguladora. Sobre esa base, se aplicaría el coeficiente reductor correspondiente.

Reciba un cordial saludo.

Ana 19 de abril de 2018 | 17:07
Buenas tardes, me gustaria saber que jubilacion me quedaria si llevo toda la vida con un seguro de media jornada, y pertenezco al grupo de cotizacion 10. Como calcular aproximadamente la jubilacion. Por ahora llevo 18 años y aun no tengo la edad, pero es por tener idea. Gracias de antemano
Instituto BBVA de PENSIONES 19 de abril de 2018 | 17:13

Estimada Ana,

puede estimar la cuantía de su futura pensión a través de la siguiente herramienta de la Seguridad Social.

Autocálculo

Reciba un cordial saludo.

vicente 18 de abril de 2018 | 13:12
tengo en la actualidad 61 años y 36 años cotizados. Si he cotizado por el máximo durante los últimos 23 años y me quiero jubilar a los 63 años. cuanto me quedaría de pensión
Instituto BBVA de PENSIONES 18 de abril de 2018 | 15:35

Estimado Vicente,

puede estimarlo a través de la siguiente herramienta de la Seguridad Social:

Autocálculo

Reciba un cordial saludo.

Antonio E. López 11 de abril de 2018 | 17:27
En Noviembre de 2012, me concedes la pensión de incapacidad permanente total, en Marzo de 2015 la incapacidad permanente en grado de absoluta, en Enero de 2018,cumplí 65 años, tengo cotizados a Noviembre de 2012, 36 años y 6 meses. Que años se computan para el calculo de la pensión ordinaria, de los 21 que me corresponden. Y si hay lagunas de cotización de varios meses de distintos años, como se computan Gracias.
Instituto BBVA de PENSIONES 11 de abril de 2018 | 19:22

Estimado Antonio,

la pensi´pon de jubilación se calcula a partir de las cotizaciones de los últimos 21 años (en 2018). Si existen lagunas de cotización, se integran de la siguiente forma, siempre que se jubile a través del Régimen General:

- Los 48 meses sin cotización más próximos al hecho causante, por la base mínima.

- El resto, por el 50% de la base mínima.

Reciba un cordial saludo.

CARLOS ROBERTO 02 de abril de 2018 | 10:52
Hola, tengo 31 años cotizados con 55 años cumplidos, llevo esos 31 años cotizados con la base de cotización máxima (actualmente 3751,20), estoy pensando en dejar el trabajo y pagarme un seguro autónomo ( con base mínima que es creo que 919,80) durante los diez años restantes. La pensión que me quedaría al final estaría muy alejada de la máxima de 2570, porque no estoy muy seguro de como calcularla....gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 02 de abril de 2018 | 11:47

Estimado Carlos Roberto,

para cotizar como autónomo. se exigirá que realice una actividad real por cuenta propia. Si este no es el caso, lo que podrá hacer es suscribir un convenio especial con la Seguridad Social para cotizar por su cuenta, que a los efectos sería lo mismo.

Al bajar la base de cotización los últimos años, la pensión se vería penalizada. Puede estimar la cuantía a través de la herramienta de autocálculo de la Seguridad Social.

Reciba un cordial saludo.

Alberto Yubero 28 de febrero de 2018 | 18:25
Buenas tardes. Tengo 56 años con 31 de cotización a base máxima y un salario bruto de 60 K€. He sido recientemente despedido por lo que tendré dos años de seguro de desempleo. En el supuesto que no logre reincorporarme al mercado laboral ¿cuando podría jubilarme y con que cuantía?. Tendré en cuenta su respuesta para considerar emigrar o hacer aportaciones personales a la seguridad social. Le quedo muy agradecido.
Instituto BBVA de PENSIONES 28 de febrero de 2018 | 21:19

Estimado Alberto,

Solo podría jubilarse anticipadamente por cese involuntario, y hasta 4 años antes de la edad ordinaria, si ha cesado por causas objetivas de reestructuración empresarial. Se aplicaría un coeficiente reductor del 1,875% por cada trimestre o fracción de trimestre de anticipación. 

Puede realizar una estimación de su futura pensión en la herramienta de autocálculo de la Seguridad Social.

Cuando acabe el paro y si cumple los requisitos, podría solicitar la ayuda para mayores de 55 años. Esta ayuda cotiza para la jubilación por la base mínima. Si quiere incrementar esta base, podría suscribir un convenio especial con la Seguridad Social.

Reciba un cordial saludo.

 

jose luis manzano 07 de febrero de 2018 | 16:34
hola me gustaria que me aclararan si tengo acotisados 35 años 1 mes y 4dias y me rectan947 dias de pluriempleo total 32 años 6 meses y 2dias
Instituto BBVA de PENSIONES 07 de febrero de 2018 | 16:36

Estimado José Luis,

los días en pluriempleo no cotizan doble. Se suman en principio todas las cotizaciones (los 35 años de los que le informan), pero luego se restan los días en pluriempleo. Por tanto, sus cotizaciones efectivas son 32 años, 6 meses y 2 días.

Reciba un cordial saludo.