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¿Cuántos años necesito cotizar para cobrar el máximo si me jubilo a los 65?

Los que se jubilen a los 65 recibirán la totalidad de su pensión. El requisito de años necesarios para jubilarse a los 65 es mayor que el de años necesarios para cobrar el 100% de la pensión.

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¿Cuántos años necesito cotizar para cobrar el máximo si me jubilo a los 65?

© Carlos Sicre - www.photaki.com

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Para la jubilación ordinaria, la edad legal se encuentra en fase de incremento gradual desde los 65 a los 67 años en el periodo de 2013 a 2027 ( ¿A qué edad llegará mi jubilación?).

Además, existe una escala paralela que determina el paso de los 35 a los 37 años como periodo de cotización necesario para cobrar la totalidad de la prestación correspondiente, también en un intervalo que va desde 2013 hasta 2027. Como norma general, una persona que se retire a la edad legal en cada momento tendrá que haber cotizado un mínimo de 35 años y medio en el periodo de 2013 a 2019, 36 años en el periodo de 2020 a 2022, 36 años y medio de 2023 a 2026 y 37 años a partir de 2027. 
Pero para jubilarse a los 65 con toda la pensión hay que hacer algunas cábalas adicionales. En primer lugar, porque la escala años de cotización mínimos exigidos para jubilarse con esa edad marca un intervalo desde los 35 años hasta los 38 años y medio, desde 2013 hasta 2027 y a razón de un trimestre por año (con repetición en 2026 de la exigencia de 2025, ver cuadro). Así que, en primer lugar, para que una persona se jubile a los 65 años ha de cumplir con esos requisitos.
En segundo término, las normas que se aplican a un jubilado a los 65 para obtener la totalidad de la pensión correspondiente son las mismas que a una persona que se jubila con la edad ordinaria. Sin embargo, esta cifra les sirve de poco, porque para jubilarse a los 65 tendrán, en general, que haber cotizado un número de años superior a los exigidos para cobrar la pensión total (ver cuadro).
Uniendo los dos aspectos (años cotizados necesarios para jubilarse a los 65 y años necesarios para cobrar el 100% de la pensión correspondiente), y considerando que las exigencias suelen ser mayores para jubilarse a los 65 que para cobrar toda la pensión, se concluye que los que se jubilen a los 65 (solo hubo excepción en 2013) recibirán toda la pensión automáticamente (ver cuadro).
JUBILARSE A LOS 65 Y COBRAR TODA LA PENSIÓN
FECHA AÑOS NECESARIOS PARA RETIRARSE A LOS 65 AÑOS NECESARIOS PARA COBRAR EL 100% DE LA PRESTACIÓN AÑOS NECESARIOS PARA RETIRARSE A LOS 65 CON EL 100% DE LA PRESTACIÓN
2013  35 años y tres meses 35 años y seis meses  35 años y seis meses
2014 35 años y seis meses 35 años y seis meses  35 años y seis meses
2015  35 años y nueve meses 35 años y seis meses  35 años y nueve meses
2016 36 años  35 años y seis meses  36 años
2017 36 años y tres meses  35 años y seis meses  36 años y tres meses
2018 36 años y seis meses  35 años y seis meses  36 años y seis meses
2019  36 años y nueve meses 35 años y seis meses  36 años y nueve meses
2020  37 años 36 años 37 años
2021 37 años y tres meses 36 años 37 años y tres meses
2022 37 años y seis meses 36 años 37 años y seis meses
2023 37 años y nueve meses 36 años y medio 37 años y nueve meses
2024 38 años 36 años y medio 38 años
2025  38 años y tres meses 36 años y medio 38 años y tres meses
2026 38 años y tres meses
36 años y medio
 38 años y tres meses
2027 38 años y seis meses 37 años 38 años y seis meses
 Fuente: elaboración propia con datos de la Seguridad Social.      
Por ejemplo, para jubilarse a los 65 con toda la pensión en el año 2022 se necesitarán 37 años y 6 meses cotizados; en el año 2023 se necesitarán 37 y nueve meses cotizados… y así hasta 2027, en los que serán obligatorios 38 años y medio.

Teniendo en cuenta esta normativa, hay que matizar que, en algunos casos, en los que la base reguladora esté por encima del máximo marcado por ley, al trabajador podría compensarle una jubilación anticipada, si las penalizaciones aplicadas siguen garantizando que tiene acceso a la prestación máxima. No obstante, téngase en cuenta la nueva normativa sobre los coeficientes reductores de la jubilación anticipada, sobre que se aplican, y el periodo transitorio para personas con base reguladora superior a la pensión máxima.

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Antonio 20 de noviembre de 2015 | 20:56
Hola tengo 64 años, y pensando en la jubilación me pregunto: Cuando me jubile tendre cotizados 42 años 10 mesese y 11 dias, de los cuales 4 años 2 meses y15 días los coticé en RETA, precisamente estando cotizando en RETA tuve un acidente no laboral y tras litigar con la S.S., un juez me dió la razón y condenó a la S.S. a que me reconociese un pensión de IPT. y mi pregunta es: Con éstas cotizaciones y teniendo en cuenta que son regímenes distintos, ¿tendría derecho a la pensión por IPT y a la de jubilación?. Muchas gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 23 de noviembre de 2015 | 09:24

Estimado Antonio.

En principio, la pensión de jubilación no es compatible con una pensión de incapacidad permanente.

Si en el cálculo de la pensión de Incapacidad permente se tuvieron en cuenta solo las cotizaciones del RETA y en la pensión de jubilación se valoran las del régimen general, podría compatibilizar dos pensiones de jubilación. La de Incapacidad permanente se convertiría en jubilación al cumplir la edad ordinaria de jubilación, aunque se mantendría en la misma cuantía.

Un cordial saludo

 

maria isabel menéndez de la cuesta valls 19 de noviembre de 2015 | 20:31
Tengo citizados 16 años a la SS Social pero sólamente uno dentro de los 15 últimos años? He cumplido los 66 años y estoy cotizando el desempleo. 1.-¿Podría solicitar una pensión de jubilación? 2.- Puedo completar los días que me faltan para sumar dos años a través del un convenio especia? Gracias. Mabel
Instituto BBVA de PENSIONES 20 de noviembre de 2015 | 10:12

Estimada Mabel,

bienvenida al foro.

1. No podría acceder a la pensión contributiva, pues se exigen al menos 2 años de cotizaciones en el intervalo de 15 años inmediatamente anteriores a la jubilación.

2. Se encontraría dentro del plazo para poder suscribir un convenio especial. Le recomendamos que acuda a la TGSS para solicitar información y adherirse al mismo.

Un cordial saludo.

Manuel 17 de noviembre de 2015 | 18:36
Buenas tardes, un trabajador tiene 40 y podrá jubilarse a los 65 años, yq que con la reforma de la seguridad social matiene dicha edad de jubilación al tener cotizados más de 38 años y 6 meses. En el caso de que el trabajador prorrogue su actividad laboral dos años más hasta los 67 ¿tendrá derecho a incrementar el porccentaje de pensión? Muchas gracias, un saludo.
Instituto BBVA de PENSIONES 17 de noviembre de 2015 | 18:50

Estimado Manuel,

bienvenido al foro.

Sí. Se aplicaría un incremento del 4% por cada año completo cotizado más allá de los 65 años, no pudiendo exceder en todo caso la pensión máxima establecida por ley.

Un cordial saludo.

Antonia barrera pedrosa 17 de noviembre de 2015 | 09:11
17 de noviembre 2015 - Antonia tengo cotizados 34 años y 6 meses mi edad es de 61 cuantos años tengo que tener cotizados para jubilación con el 100x100. Un cordial saludo.
Instituto BBVA de PENSIONES 17 de noviembre de 2015 | 09:41

Estimada Antonia,

bienvenida al foro.

Deberá acreditar al menos 35 años y medio de cotizaciones para acceder al 100% de la base reguladora si se jubila en 2019 o antes y 36 años si se jubila en 2020.

Un cordial saludo.

Mar 11 de noviembre de 2015 | 19:18
Buenas Noches si he cotizado en Mexico 12 años nueve meses hasta el 2007 y en España a partir del 2012 con un contrato de 14 horas semanales, mi pregunta es en un futuro tendré derecho a jubilación actualmente tengo 46 años.
Instituto BBVA de PENSIONES 11 de noviembre de 2015 | 21:39

Estimada Mar,

bienvenida al foro.

En España deberá acreditar:

1. Al menos 15 años de cotizaciones.

2. Al menos 2 años cotizados en el intervalo de 15 años inmediatamente anteriores a la jubilación.

Estos requisitos se amoldarán a la parcialidad que acredite, y podrá solicitar el cómputo de los años cotizados en México para su cumplimiento.

Un cordial saludo.

Ignacio contreras 11 de noviembre de 2015 | 06:33
Q tal soy del edo de México quisiera saber cuando se puede jubilar mi papa actualmente tiene 28 años laborando en la misma empresa y en total tiene 30 años cotizando su edad es de 49 años
Instituto BBVA de PENSIONES 11 de noviembre de 2015 | 12:51

Estimado Ignacio,

bienvenido a Mi Jubilación.

Sentimos mucho no poder ayudarle, pues nuestras iniciativa se enmarca exclusivamente en el ámbito de la legislación española.

Reciba un cordial saludo.

luis Octavio Gortaire Guizado 07 de noviembre de 2015 | 12:21
Hola soy inmigrante de Ecuador y estoy trabajando en España desde el 2004, si trabajo hasta el 2019, tendre 15 años de aportación cuanto cobrare de pensión actualmente tengo 65 años
Instituto BBVA de PENSIONES 07 de noviembre de 2015 | 21:10

Estimado Luis Octavio,

bienvenido al foro.

Su pensión dependerá de las bases por las que haya cotizado. Recuerde también que puede computar periodos de cotización que haya realizado en Ecuador, en virtud del convenio bilateral entre España y Ecuador.

Si quiere estimar la pensión, le recomendamos la herramienta de autocálculo de la Seguridad Social.

Reciba un cordial saludo.

Lorea 05 de noviembre de 2015 | 11:21
Hola buenas quisiera saber cuanto sueldo le van a dar a mi madre cuando se jubile. Tiene 58años y 8meses. Cobra 1300€ al mes. Y hasta el momento lleva cotizados 29 años. En el año que se jubile llevaría cotizados 36 años.
Instituto BBVA de PENSIONES 05 de noviembre de 2015 | 14:38

Estimada Lorea,

bienvenida al foro.

Podrá estimar fácilmente la pensión en el simulador de pensión pública de Mi Jubilación.

Un cordial saludo.

lorea 05 de noviembre de 2015 | 09:09
Hola buenas quisiera saber si a mi madre que al día de hoy tiene 58 años años y y8meses le tocaria jubilarse en 2022. Lleva cotizados al día de hoy 29 años y 8 meses. El año que se jubila tendría cotizados 36 años. Con cuantos años tendría que jubilarse para obtener el 100% de su sueldo?
Instituto BBVA de PENSIONES 05 de noviembre de 2015 | 10:38

Estimada Lorea,

bienvenida al foro.

En 2022 se exigirán al menos 37 años y medio de cotizaciones para acceder a la jubilación con 65 años. Deberá por tanto esperar a 2023 y acceder a la jubilación con 6 años y 4 meses.

El 100% de la base reguladora (no el sueldo, la pensión nunca es en referencia al sueldo sino a las bases por las que haya cotizado)se alcanzará con al menos 36 años y medio de cotizaciones.

Un cordial saludo.

Javier 03 de noviembre de 2015 | 16:33
Hola, me llamo Javier, nací el 6/10/59 ,creo que mi jubilación será el 6/8/2026 , tengo más de 15 años cotizados pero solo 400 días en los últimos 15 años antes de la fecha de jubilación, por lo tanto debía cotizar 11 meses más como autónomo y desarrollando una actividad económica real, es correcto todo lo que comento? Gracias por su tiempo.
Instituto BBVA de PENSIONES 03 de noviembre de 2015 | 16:45

Estimado Javier,

bienvenido al foro.

Deberá acreditar al menos 2 años de cotizaciones en cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social en el intervalo de 15 años inmediatamente anteriores a la jubilación. Podría también acreditar este requisito a través de un convenio especial con la Seguridad Social si se encuentra en plazo (consulte en la TGSS).

La ley permite cambiar el mencionado intervalo por el de 2 años inmediatamente anteriores a la fecha en que dejó de cotizar si desde ese momento y hasta la jubilación, de manera ininterrumpida, se encuentra inscrito como demandante de empleo.

Reciba un cordial saludo.

30 de agosto de 2022

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