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¿Cuántos años tengo que cotizar para beneficiarme de una pensión de incapacidad permanente?

En principio, solo se demanda período de cotización para una pensión cuando la incapacidad permanente tiene su origen en una enfermedad común.

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¿Cuántos años tengo que cotizar para beneficiarme de una pensión de incapacidad permanente?

© Thomas Kelley - www.unsplash.com

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Si el origen de la incapacidad permanente es un accidente de trabajo, enfermedad profesional o accidente no laboral

En estos casos, no se exige ninguna cotización para acceder a la pensión de Incapacidad Permanente, igualmente que ocurre para acceder a la incapacidad temporal o a las prestaciones por muerte y supervivencia.

Solo se exigen los siguientes requisitos:

  • Estar afiliado y en alta o en situación asimilada al alta en el momento del dictamen del Equipo de Valoración de Incapacidades de la calificación de la incapacidad permanente.
  • No tener la edad legal establecida para acceder a la jubilación, siempre y cuando se cumplan los requisitos para su acceso en el momento del hecho causante. Si no se cumplen, se disfrutará de la pensión de Incapacidad Permanente hasta que se puedan reunir.

En todo caso, este último requisito no es aplicable a los supuestos en los que la situación de incapacidad permanente sea riesgo profesional, solo para accidente no laboral.

Si el origen de la incapacidad permanente es una enfermedad común

En este caso, además de la afiliación y alta, se demanda un período mínimo de cotización, que depende directamente de la edad del futuro beneficiario.

Menores de 31 años

Se demanda menos período de cotización, ya que se entiende que debido a la edad podrán acreditar pocas contribuciones.

Si se trata de un trabajador menor de 31 años se exige que haya cotizado al menos durante un tercio del tiempo trascurrido entre la fecha en que cumplió 16 años y la del hecho causante.

Mayores de 31 años

Si se trata de un trabajador mayor de 31 años se exige que haya cotizado al menor durante una cuarta parte del tiempo trascurrido entre la fecha en que cumplió 20 años y la del hecho causante.

En este último caso, con independencia de esta edad, deberá acreditar siempre un mínimo de contribución de 5 años. De esta forma, el trabajador mayor de 31 años nunca podrá acceder al derecho con menos de 5 años de cotización.

Asimismo, de forma cumulativa, deberá acreditar que un quinto de este período de cotización exigible se ha cotizado en los 10 últimos años inmediatamente anteriores al hecho causante (o de la fecha en la que se terminó la obligación de cotizar, cuando se acceda desde la situación asimilada al alta).

La norma especial de cotización para el caso de incapacidad declarada parcial

Se le aplica una excepción a las condiciones de cotización mínima exigida, cuando la IP es parcial, aunque solo se exige cotización en el supuesto de que su origen sea una enfermedad común.

En este caso se demanda una cotización de 1.800 días dentro de los 10 años anteriores a la finalización de la incapacidad temporal de la que derive la incapacidad permanente.

Las condiciones de cotización en caso de acceder desde la situación de no alta

En el supuesto de que se acceda a una incapacidad permanente absoluta o gran invalidez desde la situación de no alta por enfermedad común o accidente no laboral, se requerirán 15 años de cotización, de los cuales 3 deberán haberse realizado en los últimos 10 anteriores al hecho causante.  

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Comentarios

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Juan 22 de abril de 2020 | 10:04
Hola, felicidades por el buen foro de información laboral. Me gustaría informarme de mi situación actual. Hace tres días he cumplido 63 años. He trabajado ininterrumpidamente 48 años y 5 meses. La situación actual por la pandemia me ha obligado a parar. Mi empresa ha solicitado el ERTE, no se lo han confirmado. Ante el posible cierre de empresa cuál sería mi situación. Prestación laboral por desempleo y cómo quedaría mi cotización a la Seguridad Social para mi jubilación? Muchas gracias por ayudarme.
Instituto BBVA de PENSIONES 27 de abril de 2020 | 18:28

Estimado Juan, en primer lugar, muchas gracias por sus palabras de felicitación.

En su caso, podría o bien acceder directamente a la jubilación anticipada, o seguir cotizando a través de la prestación de desempleo durante el tiempo que le resta hasta la edad de jubilación anticipada.

Un cordial saludo. 

Luis 13 de abril de 2020 | 08:02
Tengo cotizados 22 años y 500 días de carencia en los últimos 10 años me faltan 18 días me la podrían denegar
Instituto BBVA de PENSIONES 27 de abril de 2020 | 12:43

Estimado Luis.

 

Ya que no podemos hacer un análisis apriorístico del tipo de prestación de incapacidad que, eventualmente, le podría ser reconocido, le adjuntamos los siguientes enlaces:

 - Incapacidad permanente parcial: http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPensionesTrabajadores/10960/28750/28680/35615#35616

- Incapacidad permanente total: http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPensionesTrabajadores/10960/28750/28680/28700/28703#28704.

- Incapacidad permanente absoluta: http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPensionesTrabajadores/10960/28750/28680/28729/28732.

 En caso de acceso a la situación de incapacidad permanente por accidente laboral no se exige periodo de cotización mínimo.

Un cordial saludo. 

Aurora 29 de enero de 2020 | 16:54
Hoja tengo 33 años cotizados tengo 49 años cuánto tiempo tengo que tener cotizados para cobrar el 100% o como calculo lo que me puede quedar por incapacidad
Instituto BBVA de PENSIONES 17 de febrero de 2020 | 03:09

Estimado Aurora.

Puede consultar la tabla con los parámetros necesarios para resolver su duda en el siguiente enlace: https://www.jubilaciondefuturo.es/es/blog/cuantos-anos-necesito-cotizar-para-cobrar-el-maximo-si-me-jubilo-a-los-65.html.

Un cordial saludo. 

Inma Llopis Gilabert 14 de diciembre de 2019 | 07:10
Hola tengo astrosis cervical cronica no puedo trabajar tengo 4 años cotizados podria solicitar alguna pension por minusvalia ?gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 28 de diciembre de 2019 | 03:14

Estimada Inma.

 Existen, esencialmente, dos opciones: o bien la solicitud de una incapacidad permanente total o bien la de una pensión no contributiva por invalidez.

En cuanto a la primera, además de superar un proceso de evaluación médica por parte de la administración, ha de acreditar una periodos de cotizaciones, los cuales, por su casuística, y a falta de más datos sobre su edad y otros, puede encontrar en el siguiente enlace: http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPensionesTrabajadores/10960/28750/28680/28700/28703#28704.

En el segundo caso, además de superar una serie de requisitos en términos de carencia de rentas, habrá de habérsele reconocido una grado de discapacidad de, al menos, el 65%.

Un cordial saludo. 

juana macedo Diaz 11 de noviembre de 2019 | 18:23
buenas tardes soy una trabajadora que fue operada de 3 hernias discales L4 L5 y L5 S1 y de estenosis de canal en la L4 L5 y quisiera saber si me pueden la incapacidad permanente por esta operación ,bueno yo no tengo ni un mes de ser operada pero estoy viendo que no puedo estar mucho tiempo sentada y siempre estoy dando mis pasos con el andador y siempre tiene que estar una persona ayudándome. gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 12 de noviembre de 2019 | 16:28

Estimada Juana.


Aunque nos es imposible hacer estimaciones probabilísticas sobre los posibles resultados de un proceso evaluador de una potencial incapacidad, es cierto que su cuadro parece, al menos por ahora, bastante inhabilitante para el ejercicio del trabajo y que, por ende, podría dar lugar, en su caso, al reconocimiento de algún tipo de incapacitación legal.

Un cordial saludo.

Ivan Gouveia 06 de noviembre de 2019 | 22:07
Hola. Comento mi caso. Soy una persona que tengo varios diagnósticos psiquiátricos, tales como: Trastorno depresivo recurrente, trastorno de ansiedad generalizada, trastorno de personalidad limite, disrritmia cerebral (afección eléctrica en una zona del cerebro) y una posible esquizofrenia. Debido a todos estos padecimientos me es imposible mantener un empleo, inclusive tengo informes médicos donde se plasma todos estos padecimientos y que no puedo mantener un empleo. Estos padecimientos los traigo desde la adolescencia y han ido en aumento y han ido cada día dañando mas mi cerebro y mis facultades para poderme desempeñar en un empleo, inclusive no pudiendo llevar a cabo operaciones matemáticas básicas y otras funciones básicas elementales de un empleo. Por este motivo y por mi inestabilidad laboral, ya que he perdido muchos empleos pues no los puedo mantener, no tolero la presión, no coordino, no puedo concentrarme, todo se me hace el triple de complicado, equivocándome constantemente, no tengo un gran numero de cotizaciones. Quiero optar por la incapacidad permanente absoluta, y tengo 28 años. Que puedo hacer en caso de tener pocas cotizaciones?
Instituto BBVA de PENSIONES 08 de noviembre de 2019 | 08:42

Estimado Iván.


En su caso, podría instar un proceso de incapacitación en aras a la recepción de una prestación sustitutiva del salario por el trabajo que, en virtud de lo que señala, no puede desarrollar.


No obstante, ha de tener en cuenta que puede plantearse cierta dificultad en materia de cumplimiento del requisito de cotización: al ser menor de 31 años, habrá de haber cotizado al menos la tercera parte del tiempo transcurrido entre la fecha en que cumplió 16 años y el hecho causante, es decir, la patología o patologías que provoquen posible a acceso a la eventual incapacidad.


Y es que, aunque señala que éstas provienen de antes incluso de la edad laboral, los diferentes grados que señala Ud. que han experimentado las mismas pueden servir para situar el hecho causante en un momento temporal u otro. Para poder afrontar esta cuestión concreta, le recomendamos procure asesoramiento legal especializado.

Un cordial saludo.

Antonio 06 de noviembre de 2019 | 13:05
Buenos días, soy funcionario (maestro), tengo 36 años y llevo de baja por depresión 6 meses y por lo que se ve va para largo. He estado cotizando también en la educación concertada antes de ser funcionario. Tengo los últimos 7 años cotizados seguidamente. No sé si estando de baja se sigue cotizando. Si me diesen la incapacidad permanente como podría calcular mi cuantía, porque l averdad es que estoy bastante preocupado. Tengo una hipoteca pero estoy psicológicamente muy mal. Estoy llevando tratamiento. Cada vez que iba al colegio me derrumbaba. Ojalá me puedan ayudar. Muchas gracias.
Instituto BBVA de PENSIONES 08 de noviembre de 2019 | 08:31

Estimado Antonio.


Efectivamente, durante la IT se mantiene la obligación de cotizar (concretamente, se deduce del importe de la prestación la fracción de cuota que corresponda al trabajador, mientras que, igualmente, el empresario aporta la parte que le corresponda).



En cuanto a lo segundo, la cuantía de una posible incapacidad permanente dependería del grado en que ésta se le concediera (parcial, total, absoluta, etc.). 

 

Bajo la hipótesis de que, por ejemplo, pudiera serle concedida una incapacidad permanente total para el puesto de trabajo que esté desarrollando, la cuantía correspondería al 55% de la base reguladora correspondiente (excepcionalmente, podría ser sustituía por una indemnización a tanto alzado cuando, como en su caso, el beneficiario fuera menor de 60 años).

Un cordial saludo.

Paula 02 de octubre de 2019 | 19:37
Hola tengo 33 años y me gustaria saber si puedo acceder a la pension por incapacidad aunque me falte 3 meses y 18 dias para cumplir los cinco años que te exigen gracias.
Instituto BBVA de PENSIONES 21 de octubre de 2019 | 07:55

Estimada Paula.


El requisito de cotización es, junto al de no haber cumplido la edad de jubilación y el de estar en situación de alta (o situación asimilada) obligatorio para poder cursar el procedimiento de declaración de incapacidad. En todo caso, si acredita, entre otros, un grado de minusvalía superior al 65% así como cierta carencia de rentas, podría intentar optar a una prestación de invalidez no contributiva.

Un cordial saludo.

PEPA 07 de septiembre de 2019 | 22:04
Buenas tardes, he estado mucho tiempo de baja a lo largo de mi vida laboral y voy a reclamar una incapacidad permanente total ¿los periodos en los que he estado en incapacidad temporal cotizan a efectos de calcular la base reguladora?. ¿Me merecerá la pena solicitarla? Muchas gracias.
Instituto BBVA de PENSIONES 02 de octubre de 2019 | 05:33

Estimada Pepa:


Los periodos de cotización afectarán, en una intensidad u otra, al cálculo de la base reguladora de la posible incapacidad permanente radique en enfermedad común o accidente no laboral, no así cuando tienen su origen en contingencias profesionales.

Un cordial saludo.

LORENA 27 de agosto de 2019 | 17:09
Buenas tardes, actualmente tengo 27 años y reconocida una discapacidad de 46%. El motivo de dicha discapacidad es por problema de nacimiento y una accidente de tráfico cuando tenía 17 años, todas las secuelas son físicas. Actualmente trabajo en una oficina y he solicitado una incapacidad y me la han denegado por no tener 15 años cotizados, y es que desde los 16 a los 27, es normal que no los tenga. Actualmente tengo cotizados 4 años y 10 meses. Tendría derecho a alguna pensión? Gracias de antemano, un saludo.
Instituto BBVA de PENSIONES 02 de octubre de 2019 | 05:32

Estimada Lorena:

Una posible opción es la de recurrir dicha denegación en tanto parte de las causas de su dolencia radican en un accidente no laboral, el cual -al igual que el de tipo laboral o las enfermedades profesionales- no exigen periodo de carencia.

Un cordial saludo.