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Presupuestos 2019: así será el nuevo subsidio para mayores de 52 años

La nueva ayuda podría percibirse hasta alcanzar la edad ordinaria de jubilación y pasaría a cotizar por el 125% de la base mínima vigente

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Presupuestos 2019: así será el nuevo subsidio para mayores de 52 años

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Una de las medidas más esperada por muchos trabajadores, desde que se anunció el año pasado, es la reforma del subsidio para mayores de 55 años que han agotado la prestación contributiva por desempleo. La reforma de esta ayuda está finalmente contemplada en el Proyecto de Presupuestos Generales del Estado para 2019 que, de aprobarse en su redacción actual, permitiría a los nuevos beneficiarios del subsidio disfrutar de condiciones más favorables que las vigentes en el actual.

Las principales novedades son:

Edad de acceso: pasa de 55 años a 52 años

Esta ayuda se concibió inicialmente para trabajadores mayores de 52 años, si bien en el año 2012 se endurecieron las condiciones de acceso, elevando la edad hasta los 55 años e imponiendo el requisito de acreditar carencia de rentas no solo del beneficiario, sino también de su unidad familiar. Este último requisito fue tumbado por el Tribunal Constitucional y no se exige desde julio de 2018. En cuanto a la edad del nuevo subsidio planteado en los Presupuestos, retorna a esos 52 años.

Se incrementan bases de cotización y efectos de estas cotizaciones

La actual ayuda para mayores de 55 años cotiza por el 100% de la base mínima, mientras que esta nueva ayuda lo haría por el 125% de dicha base que, para 2019, está fijada en 1.050 euros. La cuantía del subsidio permanece fijada en el 80% del IPREM, que para 2019 es de 438,8 euros mensuales. La novedad en cuanto a la cuantía, según ha aclarado la ministra de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social Magadlena Valerio,es que todos los beneficiarios percibirán el 100% de la misma, con independencia de que provengan de un empleo a tiempo completo o a tiempo parcial. En la actual ayuda para mayores de 55 años, la cuantía de la prstación es proporcional al tipo de jornada que se realizaba previamente.

Las cotizaciones de la ayuda para mayores de 55 años computan a efectos del cálculo de la base reguladora y de tiempo de cotización con el que determinar qué porcentaje de base reguladora le corresponde al trabajador. Las cotizaciones de la nueva ayuda para mayores de 52 años computarían a todos los efectos, también para alcanzar el periodo de carencia que se exige en las jubilaciones anticipadas (30, 33 o 35 años, dependiendo de la modalidad de jubilación anticipada).

Se podrá percibir el subsidio hasta la edad de jubilación ordinaria

La ayuda para mayores de 55 años se concede hasta que el beneficiario pueda acceder a la jubilación en cualquiera de sus modalidades, anticipada u ordinaria. Es decir, en el momento el en que el perceptor cumple una edad en la que puede jubilarse, el subsidio se extingue, si bien el acceso a la jubilación no es forzoso, aunque sí induce a retirarse al perder los ingresos. Muchos beneficiarios de esta ayuda se jubilaban, por tanto, anticipadamente, algo que podría ocasionarles una reducción permanente en su pensión de hasta el 2% por cada trimestre o fracción de trimestre de anticipación respecto a la edad ordinaria.

El desarrollo normativo de la nueva ayuda para mayores de 52 años contempla que se pueda percibir hasta que el beneficiario alcance la edad ordinaria de acceso a la pensión contributiva de jubilación, lo que evitaría esa penalización en la cuantía de la pensión al poder alcanzar la edad ordinaria como perceptor del subsidio.

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Comentarios

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Rosa 08 de abril de 2019 | 14:04
Hola en algun comentario vuestro o asi yo lo he entendido si la interrupcion en el inem ha sido hace mas de un año ya no se tiene en cuenta esa interrupcion.si despues de esa interrupcion te vuelves a inscribir y estas años unos siete sin interruciones se tiene en cuenta para el subsidio de 52 años
Instituto BBVA de PENSIONES 19 de abril de 2019 | 13:11

Estimada Rosa,

Si lleva 7 años ininterrumpidos de alta bien trabajando o como demandante de empleo cumple el requisito.

Un cordial saludo

Rosa 08 de abril de 2019 | 14:02
Hola en algun comentario vuestro o asi yo lo he entendido si la interrupcion en el inem ha sido hace mas de un año ya no se tiene en cuenta esa interrupcion.si despues de esa interrupcion te vuelves a inscribir y estas años unos siete sin interruciones se tiene en cuenta para el subsidio de 52 años
Instituto BBVA de PENSIONES 19 de abril de 2019 | 12:42

Estimada Rosa,

Así es, si lleva 7 años en situación de alta como empleada o demandante de empleo cumple el requisito de inscripción ininterrumpida.

Un cordial saludo

Carmen mayo 08 de abril de 2019 | 07:14
Buenos dias. Mi padre tiene 61 años y lleva en paro y sin ingresos muchos años. Tiene cotizado 12 años pero no en estos ultimos años. El podria ser apto para cobrar el subsidio de mayores de 52 años?
Instituto BBVA de PENSIONES 19 de abril de 2019 | 12:05

Estimada Carmen,

Para optar a la ayuda de mayores de 52 años, se exigen los mismos requisitos que para tener derecho a pensión de jubilación (15 años cotizados y dos dentro de los últimos 15 inmediatamente anteriores a la fecha de jubilación).

Muchas gracias por su interés en BBVA Mi jubilación 

Rosa 08 de abril de 2019 | 00:29
Hola tengo que trabajar 90 dias para solicitar el subsidio de 52años puede ser con un contrato de 2horas al dia?cobraria el subsidio completo?
Instituto BBVA de PENSIONES 19 de abril de 2019 | 12:26

Buenos días Rosa,

En desempleo, día trabajado es día cotizado, con lo cual, sí sería posible acceder al subsidio de mayores de 52 años.

Muchas gracias por su interés en BBVA Mi jubilación 

Jose Ramon 08 de abril de 2019 | 00:20
Hola buenos días.En mi caso creo cumplir todos los requisitos para solicitar el subsidio de mayores de 52 años.Pero tengo algunas dudas.Tengo 23 años cotizados.Dos dentro del período de 15 años previos a la solicitud.Los seis años que exigen de cotización por desempleo,¿tienen que estar comprendidos dentro de ese período de 15 años previos a la solicitud del subsidio o simplemente dentro del total de años cotizados?Y con respecto al sellado ininterrumpido del paro,les planteo mi caso: En 2006 deje de trabajar y cobre el paro hasta 2008.No estuve apuntado al paro desde el 2008 hasta el 2012.durante esos 4 años cotize en el convenio especial de cuidadores no profesionales.En 2013 me inscribe al paro y he cobrado las tres veces que da lugar la RAI.Durante todo este tiempo desde el 2013 hasta el dia de hoy no he dejado de sellarlo.¿Se entiende que cumplo con el requisito ininterrumpido de sellado como demandante de empleo con esa laguna de 4 años previos al 2013? Muchas gracias de antemano por su ayuda.
Instituto BBVA de PENSIONES 19 de abril de 2019 | 11:52

Estimado José Ramón,

 Con respecto a los 6 años cotizados por desempleo, no hay problema en que no estén todos dentro de los 15 últimos años.

Y en relación con el sellado del paro,  no vemos impedimento en haber cotizado 4 años en el convenio de cuidadores no profesionales.

Muchas gracias por su interés en BBVA Mi jubilación. 

RAMDANE LEFKIR 06 de abril de 2019 | 12:05
Tengo 56 año con 11año de cotizacion se pude cobrar la ayuda de mas de 52 año en este momento no cobro nada
Instituto BBVA de PENSIONES 18 de abril de 2019 | 17:30

Estimado Ramdane,

Es necesario haber cotizado15 años para solicitar esta ayuda.

Muchas gracias por su interés en BBVA Mi jubilación.

 

RAMDANE LEFKIR 06 de abril de 2019 | 12:04
Tengo 56 año con 11año de cotizacion se pude cobrar la ayuda de mas de 52 año en este momento no cobro nada
Instituto BBVA de PENSIONES 18 de abril de 2019 | 17:28

Estimado Ramdane,

Es necesario acreditar 15 años de cotización para ello.

Muchas gracias por su interés en BBVA Mi jubilación 

JOSE MUÑOZ LOPEZ 06 de abril de 2019 | 11:01
Hola he solicitado el subsidio para mayares de 52 años el 21/03/19 y he recibido una carta negandome dicho subsidio tengo 53 años llevo 5 años sin cobrar ninguna prestacion y estando en el paro tengo 30 años cotizados y sigo al dia como demandente al paro mi pregunta es por que me lo niegan es por estar soltero y no tener a nadie a mi cargo gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 18 de abril de 2019 | 17:15

Buenas tarde José Muñoz,

En principio, su estado civil no influye para la concesión o no de este subsidio.

Compruebe que no se trata de una cuestión relativa con su nivel de rentas (alquileres, dividendos, etcf). Puede consultar todos los requisitos exigidos en la ayuda en este enlace:

 http://www.sepe.es/contenidos/personas/prestaciones/pdf/nota_informativa_subsidio_52.pdf

Por último, siempre puede procurar ayuda legal a través de un abogado laboralista o graduado social.

Muchas gracias por su interés en BBVA Mi jubilación 

Joseantonio 04 de abril de 2019 | 23:22
llevo.crobando.regime.agrario.36año.tego.derecho.acrobra.eldecenpeol.de52año.ycrobro.10.mese.puedo.hechar.el.desenpleo.de.mallore.de52años
Instituto BBVA de PENSIONES 06 de abril de 2019 | 14:31

Estimado José Antonio,

La ayuda para mayores de 52 años también aplica a los trabajadores del regimen agrario, deberá cumplir todos los requisitos, estar inscrito permanentemente, no tener rentas por más del 75% del SMI, haber cotizado 15 años y que al menos dos años sean en los últimos 15, edad, etc. Gracias por su participación en el foro.

Consulte su caso particular en el SEPE.

Un cordial saludo

EMANUEL 03 de abril de 2019 | 23:03
Tengo 53 años y tengo cotizado en España 4 años (régimen general + el paro) y otros 2 años como autónomo (2016-2018). En otro país tengo 9 años. Podría pedir este subido ya que en total son 15 años ..? (He agotado el RAI 1 y 2. El tercero no lo cogí porque me di de alta como autónomo.)
Instituto BBVA de PENSIONES 08 de abril de 2019 | 11:20

Estimado Emanuel,

Si el otro país en que ha cotizado pertenece a la UE o tiene convenio bilateral cumpliría con los requisitos de cotización mínima de 15 años y que al menos 2 sean en los últimos 15. Otra cuestión es solicitar la ayuda desde un cese voluntario de la actividad de autónomo en lugar de como demandante de empleo inscrito ininterrumpidamente en los servicios de empleo, muchas de esas solicitudes no están siendo aprobadas.

Un cordial saludo