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Si solo he cotizado 15 años, ¿a qué pensión de jubilación tengo derecho?

El periodo mínimo de cotización que se demanda para acceder a la pensión de jubilación es de 15 años. De esta forma, los pensionistas tendrán derecho solo a un 50% de su base reguladora.

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Si solo he cotizado 15 años, ¿a qué pensión de jubilación tengo derecho?

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La cuantía de mi pensión depende de los años cotizados

En primer lugar, hay que determinar la base reguladora, la cual se calcula desde las bases de cotización de los últimos años.

En 2022, se tendrán en cuenta las bases de cotización de los últimos 25 años, es decir, las 12 bases de cotización que el trabajador haya tenido a lo largo de cada uno de los años.  Se valorará la media de 300 bases de cotización, las cuales se dividirán por 350.

En estos momentos, se está aplicando una norma transitoria y para quienes se jubilen en 2020 se tendrán en cuenta los últimos 23 años (es decir, las últimas 273  bases de cotización divididas por 322).En 2021 se tendrán en cuenta los últimos 24 años (es decir, las últimas 288  bases de cotización divididas por 336).

Una vez que se establece esta media se le aplica un porcentaje que depende del tiempo que se ha cotizado. No obstante, como se exige, al menos, 15 años de cotización, se tendrá que partir de este tiempo de cotización para determinar el porcentaje aplicable

¿Qué cotizaciones se tienen en cuenta para determinar el porcentaje?

Se contabilizan todas las cotizaciones durante el tiempo que se realizado una actividad laboral, a la que se suman las realizadas en los períodos de incapacidad temporal, maternidad, paternidad y riesgo durante la lactancia/embarazo.

No se computan solo las cotizaciones realizadas a los actuales regímenes de la seguridad social, sino también a los extintos (seguros sociales antes de 1967, INP, régimen empleadas del hogar, régimen especial agrario, entre otros).

Pero también se reconocen otras cotizaciones realizadas durante el tiempo en que el beneficiario ha sido perceptor del subsidio por desempleo o al convenio especial.

Por último, se suman las denominadas cotizaciones ficticias (por empleo, períodos de suspensión del contrato en situaciones de violencia de género, reconocidas por cuidado de hijos o asimiladas al parto).

¿Qué porcentaje se aplica con 15 años de cotización?

Con 15 años de cotización, que es mínimo exigido para acceder a la pensión de jubilación, se aplica un 50% a la base reguladora. Esto es, se obtiene una cuantía igual a la mitad de la base reguladora.

¿No se garantiza una pensión mínima, aunque haya cotizado solo 15 años?

No obstante, si la cuantía determinada es inferior a la pensión mínima, tendrá que ser completada por el denominado complemento por mínimos hasta alcanzar el importe señalado cada ejercicio.

En cualquier caso, este derecho no se reconoce a todos los beneficiarios, sino solo a los que demuestren que carecen de rentas inferiores a un límite marcado cada año.

En concreto, para 2022 este límite es de 7.939 euros al año en caso de unidad unipersonal y existencia de cónyuge no a cargo, mientras que la cuantía se sitúa en 9.260 euros anuales en caso de existencia de cónyuge a cargo, sumando en este supuesto los ingresos del pensionista y su cónyuge.

¿Nunca puedo acceder a una pensión de jubilación contributiva si he cotizado menos de 15 años?

Solo había una posibilidad de acceder a la pensión de jubilación en estas circunstancias. Era posible para trabajadores a tiempo parcial, dado que se valoraban especialmente las cotizaciones realizadas a través de mecanismos correctores. Esta posibilidad ha sido corregida por la reciente Sentencia de Tribunal Supremo 91/2019.

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Comentarios

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Rosa 13 de enero de 2019 | 19:52
Hola, tengo 51 año y actualmente derecho a 16 meses de desempleo, cuando los termine si no encuentro empleo podre cobrar el subsidio 30 meses.Mi pregunta es si Después del subsidio podría suscribir un convenio con la seguridad social para cotizar o lo tendría que suscribir cuando acabe el desempleo. LO PREGUNTO PORQUE NO SE SI HAY UN PLAZO.
Instituto BBVA de PENSIONES 13 de enero de 2019 | 23:19

Estimada Rosa,

el plazo para suscrbir el convenio expira pasado un año desde el cese de las cotizaciones, es decir, pasado un año desde que agote la prestación contributiva por desempleo.

Reciba un cordial saludo.

PILAR 10 de enero de 2019 | 23:29
buenas noches. tengo cotizados 17 años . a los 52 años deje de cotizar. ¿tengo derecho a alguna pension?. mi edad son 56. ¿a que años podria solicitarla?
Instituto BBVA de PENSIONES 11 de enero de 2019 | 11:02

Estimada Pilar,

su edad de jubilación será de 67 años, pero para poder acceder a la pensión contributiva de jubilación deberá acreditar al menos 2 años cotizados entre los 52 y los 67 años.

Si se incumple esto, solo podría acceder a esta pensión si cesó de forma involuntaria y desde el cese, y de forma totalmente ininterrumpida hasta la jubilación, se ha mantenido inscrita como demandante de empleo.

Reciba un cordial saludo.

adolfo ramon trogliero torres 10 de enero de 2019 | 17:28
Buenas tardes: soy hispano argentino, vivo y trabajo en España desde el 2001, según he averiguado me podre jubilar a los 65 años y 10 meses, recién a finales del 2021 , donde tendré 18 años cotizados en España, Tengo otros 19 años aportados en Argentina. Mi pregunta es saber si puedo obtener una jubilación ordinaria con los 18 años aportados en España, solamente con estos años, sin juntar los años en Argentina, ya que al tratar de sumar los aportes de ambos países por medio del convenio que existe podría estar sin cobrar mas de 3 años, Es decir quiero solicitar una jubilación ordinaria con 18 años de cotización en España. Muchas gracias, espero vuestra respuesta .
Instituto BBVA de PENSIONES 10 de enero de 2019 | 18:18

Estimado Adolfo Ramón,

sí, acreditaría los requisitos para acceder a una pensión española en base solo a las cotizaciones realizadas en España. Estos requisitos son:

1. Haber cotizado al menos 15 años.

2. Haber cotizado por lo menos 2 años en los 15 años previos a jubilarse.

Reciba un cordial saludo.

Dolores Gonzalez Blanco 05 de enero de 2019 | 00:13
mi vida laboral es de 7 años 9 meses y 4 días a tienpo parcial a qué prestaciones puedo tener derecho y cuanto tiempo necesito para poder jubilarme , mi edad es de 62 años que cumpliré en marzo
Instituto BBVA de PENSIONES 07 de enero de 2019 | 20:32

Estimada Dolores,

no podemos determinarlo. Dependerá de la parcialidad media que haya tenido a lo largo de toda su vida laboral. Le recomendamos que se informe en el INSS.

Reciba un cordial saludo.

Miguel Ángel 03 de enero de 2019 | 10:13
Buenos días. Estoy con reducción de jornada por guarda legal de mis hijos. Los dos primeros años se computa como si se trabajase a jornada completa. El 15/01/2019 ya hará dos años que tengo la jornada reducida. Trabajo a 25 horas semanales. Mi pregunta es trabajando a 25_horas semanales cuantos años completos van a ser si estoy así hasta el 6/7/2025. Gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 03 de enero de 2019 | 11:09

Estimado Miguel Ángel,

si su parcialidad es de un 62,5%, serían aproximadamente 4 años de cotización.

Reciba un cordial saludo.

Duego 02 de enero de 2019 | 19:41
Tengo entendido que se puede dar la paradoja que un trabajador con 39 cotizados cobre poco más que otro que solo a cotizado 15. Me explicó, si el primero se va a los 63 años, sufre una penalización del menos 16%, mientras que el de 15 años como nadie puede cobrar de jubilación menos que el salario mínimo se lo incrementan hasta esa cantidad.
Instituto BBVA de PENSIONES 03 de enero de 2019 | 09:47

Buenos días,

existen unas cuantías mínimas que se garantizan a los beneficiarios de pensiones contributivas que residen en España y carecen de otras rentas. Esto, efectivamente, puede hacer converger la pensión final de quienes hayan cotizado periodos diferentes.

Reciba un cordial saludo.

Dumitru Sandor 30 de diciembre de 2018 | 16:07
Buenos dias. Mi nombre es Dumitru tengo 60 años,trabajo en España desde año2005,tengo 13 años vida laboral.Soi ciudadano rumano y tengo tambien 19 años cotisados en Rumania.Mi prejunta es ; Cuando llego a la edad de jubilacion en año 2024(octubre dia 20)voi a tener 18años y 4 meses cotisados en España mas 19 en Rumania- Se puede juntar vida laboral de los dos paises para cobrar una sola pension ?? GRACIAS !
Instituto BBVA de PENSIONES 30 de diciembre de 2018 | 20:44

Estimado Dumitru,

sí. Entre España y Rumanía aplican los Reglamentos Comunitarios para el reconocimiento mutuo de los periodos de cotización. Deberá comunicar al solicitar la jubilación que ha cotizado en ambos países. Será el INSS (o el organismo rumano correspondiente si entonces reside allí) quien inicie el proceso.

Reciba un cordial saludo.

Rhadamiro batista perez 28 de diciembre de 2018 | 23:16
Tengo 65 años y soy de rep dom allí cotice 22 años y aquí tengo 13 cotizados. Los podrías ajuntar para jubilarme aquí en España
Instituto BBVA de PENSIONES 29 de diciembre de 2018 | 14:07

Estimado Rhadamiro,

sí, existe un convenio bilateral entre ambos países para el reconocimiento recíproco de las cotizaciones. Deberá solicitar su jubilación a través del mismo en el INSS. No obstante, en España cobraría su pensión desde los 65 años y 8 meses.

Reciba un cordial saludo.

Emma 17 de diciembre de 2018 | 21:12
Tengo 61 años y 12 años cotizados los 3 último s en régimen de autónomos Tendré derecho a jubilación cuándo tenga la edad?
Instituto BBVA de PENSIONES 18 de diciembre de 2018 | 09:29

Estimada Emma,

para poder acceder a la pensión contributiva de jubilación deberá completar un mínimo de 15 años de cotizaciones, en cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social.

Reciba un cordial saludo.

Cipri 25 de noviembre de 2018 | 12:54
Hola mi nombre es Ciprian tengo 39 años mi pregunta es. Tengo cotizados en España segun la vida laboral 14 años y 3 meses. Tengo intencion de volver en mi pais cundo acabe de cotizar 15 años. Con los años cotizados aqui en España tengo derecho de.cobrar pension cuando llegue a cumplir los años?? Gracias un saludo
Instituto BBVA de PENSIONES 26 de noviembre de 2018 | 01:03

Estimado Cipri,

para acceder a la pensión de España se exigirán dos requisitos:

1. Haber cotizado al menos 15 años.

2. Haber cotizado al menos 2 años en los 15 años previos a jubilarse.

Le faltaría cumplir el segundo requisito. No obstante, si cotiza en un país con el que España mantenga convenio bilateral, o en cualquier país en el ámbito de los Reglamentos Comunitarios europeos, podría hacer valer estas cotizaciones para cumplir dicho requisito.

Recibau un cordial saludo.

26 de mayo de 2022

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