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Soy extranjero, ¿puedo acceder a las pensiones no contributivas de la Seguridad Social?

La Pensión no Contributiva de Jubilación es una prestación económica que se concede a todas aquellas personas que se encuentran en situación de necesidad, carezcan de recursos suficientes y no hayan cotizado nunca o no tengan el tiempo mínimo de cotización para poder solicitar la pensión de Jubilación Contributiva.

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Soy extranjero, ¿puedo acceder a las pensiones no contributivas de la Seguridad Social?

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Requisitos para poder solicitar la pensión no contributiva de Jubilación

  1. No tener derecho a solicitar la pensión de jubilación en el nivel contributivo por no cumplir los requisitos.
  2. Tener 65 o más años.
  3. Tener carencia de rentas: Se entiende que el solicitante carece de rentas, cuando tenga ingresos inferiores a 5.538,40 € anuales (año 2020). No obstante, aunque los ingresos del solicitante sean inferiores a 5.538,40 € al año, si el solicitante convive con familiares se cumplirá el requisito cuando la suma de las rentas de todos los miembros de la unidad familiar, sea inferior a las cuantías recogidas en cada caso concreto, conforme a unas tablas en las que se recoge la “carencia de rentas o ingresos”.
  4. Residir legalmente en España: Este requisito se entenderá cumplido, cuando el trabajador haya residido en España como mínimo 10 años, en el período que media entre la fecha de cumplimiento de los dieciséis años y la de devengo de la pensión, y al menos 2 de ellos deberán ser ininterrumpida e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.

Por tanto, para acceder a la pensión no contributiva de jubilación no se tiene en cuenta la nacionalidad.

¿Durante cuánto tiempo se concede la pensión?

La pensión es vitalicia, es decir, se concede hasta el fallecimiento del solicitante, siempre y cuando, el trabajador siga cumpliendo todos los requisitos para poder seguir cobrándola.

Cuantía

La cuantía individual de la pensión para cada beneficiario se establece en función de sus rentas personales y/o de las de su unidad económica de convivencia, no pudiendo ser inferior dicha cuantía a 1.384,60 euros anuales, que se corresponde con el 25 % del importe íntegro para 2020.

En cada caso habrá que recalcular el importe mensual teniendo en cuenta las personas que conviven con el beneficiario y si tienen o no ingresos, con lo que el importe mensual puede ser inferior o superior, hasta los topes indicados.

Obligaciones del pensionista

Las personas que hayan solicitado ésta pensión tienen la obligación de:

  • Comunicar a la Entidad Gestora de cualquier cambio que pueda afectar al reconocimiento de la pensión.
  • Presentar el primer trimestre de cada año, la declaración de la renta, de manera que pueda demostrar que sigue cumpliendo el requisito de la carencia de rentas.

Incompatibilidades

La pensión no contributiva de jubilación es incompatible con las pensiones no contributivas de invalidez, con las pensiones asistenciales y con los subsidios de garantía de Ingresos mínimos y por Ayuda de tercera persona, y (por razón de edad) con el Ingreso Mínimo Vital-IMV .

La pensión no contributiva por invalidez

Para acceder a una pensión no contributiva de invalidez es necesario los requisitos específicos:

  • Tener 18 años o más y menos de 65, ya que este tipo de prestación no es compatible con la de jubilación.
  • Residir en territorio español durante al menos 5 años, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
  • Un tercer requisito es tener un grado de discapacidad igual o superior al 65%

El requisito de carencia de rentas es común para ambas pensiones no contributivas. No existe impedimento para acceder a las pensiones no contributivas del sistema de seguridad social para los extranjeros, siendo en cambio un requisito imprescindible la residencia en España por unos periodos determinados.  

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Comentarios

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Victor Manuel Gonzalez 30 de septiembre de 2018 | 17:37
Hola con 12 años cotizados tendria algun derecho a alguna pension constribuiva.Gracias.espero su respuesta
Instituto BBVA de PENSIONES 30 de septiembre de 2018 | 18:22

Estimado Victor Manuel,

para acceder a pensiones contributivas dse exige acreditar al menos 15 años de cotizaciones, salvo en el caso de determinadas pensiones de incapacidad que se generen encontrándose en situacion de alta en la Seguridad Social.

Reciba un cordial saludo.

Victor Manuel Gonzalez 29 de septiembre de 2018 | 22:53
Hola me puedo ir a vivir a otro pais con una jubilacion no constributiva
Instituto BBVA de PENSIONES 30 de septiembre de 2018 | 17:24

Estimado Víctor Manuel,

no. Para percibir una pensión no contributia es necesario mantener la residencia en España.

Reciba un cordial saludo.

Menéndez oscar ricardo 16 de agosto de 2018 | 14:43
Gracias por la informacion.Óscar
Instituto BBVA de PENSIONES 16 de agosto de 2018 | 17:20

Estimado Oscar Ricardo,

gracias a usted por participar en Mi Jubilación.

Reciba un cordial saludo.

Menéndez oscar ricardo 15 de agosto de 2018 | 23:57
esperando más información
Instituto BBVA de PENSIONES 16 de agosto de 2018 | 14:27

Estimado Oscar Ricardo,

ya le hemos contestado todas sus consultas. En la última, le recomendábamos acudir al INSS o al ANSES a solicitar la jubilación a través del convenio bilateral entre España y Argentina.

Reciba un cordial saludo.

Menéndez oscar ricardo 15 de agosto de 2018 | 17:56
Tengo aportes en Argentina por más años q llegarían a más de lo q piden
Instituto BBVA de PENSIONES 15 de agosto de 2018 | 18:14

Estimado Oscar Ricardo,

deberá entonces solicitar la jubilación a través del convenio bilateral entre España y Argentina, en el INSS o en el ANSES, dependiendo de dónde resida.

Reciba un cordial saludo.

Menéndez oscar ricardo 15 de agosto de 2018 | 15:16
Estuve en España del año 2008 hasta 2016 por razones de Salud de mis padres tuve q retornar a mi pais q luego fallecieron.tendría alguna ayuda si decido retornar tengo 65 años y 4 cotizados allí.Gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 15 de agosto de 2018 | 17:18

Estimado Óscar Ricardo,

ayuda posiblemente no le corresponda, al haber alcanzado la edad de jubilación.

Lo que puede hacer es tratar de solicitar la pensión correspondiente a los 4 años cotizados en España. Para ello, podrá hacer valer las cotizaciones que haya podido realizar en cualquier país que tenga convenio bilateral con España. Deberá completar al menos 15 años de cotizaciones y por lo menos dos años cotizados en los 15 previos a solicitar la jubilación.

Reciba un cordial saludo.

Gema 29 de julio de 2018 | 14:22
Hola, mi abuela de 85 años tiene pensión no contributiva, tiene la nacionalidad española pero es peruana y como ya es mayor quiere volver a Perú, tendría que cancelar su pensión o podría seguir con ella desde allí. En caso de cancelarla qué haría falta? Muchas gracias.
Instituto BBVA de PENSIONES 29 de julio de 2018 | 17:18

Estimada Gema,

la pensión no contributiva solo puede percibirse si se reside en España. Deberá comunicarlo al ente pagador, su Comunidad Autónoma o el IMSERSO.

Reciba un cordial saludo.

MOHAMMED 04 de julio de 2018 | 13:11
Buenas tardes mi madre lleva mas de 24 años aqui en españa y ha cotizado 15 años tiene nacionalidad esapñola me duda es ella quiere ir a vivir en marruecos y quiere saber si va poder recibir su paga gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 04 de julio de 2018 | 19:18

Estimado Mohammed,

para acceder a la pensión contributiva se deben cumplir dos requisitos:

1. Haber cotizado al menos 15 años.

2. Haber cotizado al menos 2 años en el intervalo de los 15 años inmediatamente anteriores a jubilarse.

Para cumplir estos requisitos, podría computar cotizaciones realizadas en Marruecos, dado que entre este país y España existe un convenio bilateral.

Por otro lado, si cumple los requisitos, podría cobrar la pensión española en Marruecos.

Reciba un cordial saludos.

Dali 29 de junio de 2018 | 15:53
Hola.como puedo hacer los trámites de jubilación,viviendo en Georgia?donde puedo firmar?tengo cufisiente cotización para tener pensión mínima.pero la edad no.me iré a mi país.pero luego como lo hago.mientra en los países de convenio...
Instituto BBVA de PENSIONES 29 de junio de 2018 | 16:13

Buenas tardes Dali,

entendemos que se jubilará a través de un convenio bilateral entre dos países o en el marco de los Reglamentos Comunitarios. La jubilación ls debe pedir en el último de esos dos países en el que haya cotizado. Si es España, deberá hacerlo a través del INSS. Si no puede desplazarse, infórmese en la embajada o consulado.

Reciba un cordial saludo.

Alessandra Scarpino 22 de junio de 2018 | 08:02
Hola, me necesita una información yo vivo en España da 8 anos , mi ex compañero quiere llegar a vivir a qui está enfermo toma solamente una pensión social en Italia tiene 71 anos puede pedir ayuda social aquí?? Gracias saludos
Instituto BBVA de PENSIONES 22 de junio de 2018 | 11:08

Estimada Alessandra,

las pensiones no contributivas se otorgan independientemente de la nacionalidad. Sin embargo, se deben acreditar al menos 10 años de residencia en España y por lo menos 2 años de residencia continuada previos a la solicitud.

Reciba un cordial saludo.